Normativa

Certificado de control de plagas (DDD): qué es, quién lo firma y qué debe poner

Revisada el 5 de noviembre de 2026 · 5 min de lectura

Respuesta directa

El certificado de control de plagas es el documento que acredita un tratamiento concreto en tu local. En toda España debe firmarlo el responsable técnico del servicio (RD 830/2010, art. 2.b); solo Andalucía fija por norma su contenido y un modelo oficial: métodos y productos con nombre comercial, formulación, dosis y acción residual, fecha y datos de la empresa con su número de registro (Decreto 8/1995, art. 12).

El certificado de control de plagas, o certificado DDD, es el papel que demuestra que una empresa trató tu local en una fecha concreta, con unos productos concretos. La norma estatal solo exige una cosa: que lo firme el responsable técnico del servicio, que debe "firmar el certificado del servicio realizado" (RD 830/2010, art. 2.b). Solo Andalucía fija por norma qué debe poner y da un modelo oficial (Decreto 8/1995, art. 12).

Mucha web te dirá que hay un certificado oficial igual en toda España. No lo hay. Hemos leído la Orden SCO/3269/2006, que regula el registro de las empresas, y no contiene ningún artículo sobre el certificado.

¿Quién firma el certificado?

El responsable técnico de la empresa de servicios biocidas. El RD 830/2010 obliga a esas empresas a designar uno (art. 5.1), con el certificado de profesionalidad de nivel 3, un título universitario adecuado o el de técnico superior en salud ambiental (art. 5.2). Es la misma persona que debe hacer el diagnóstico de situación antes de cualquier tratamiento químico (art. 5.3.a) y responder de su planificación y evaluación (art. 5.3.b).

Si el certificado lo firma el aplicador que vino a tu local y no consta quién es el responsable técnico, pide que te lo aclaren. Los niveles de formación están en la guía del carné de aplicador.

¿Qué debe poner el certificado?

DatoAndalucía (Decreto 8/1995, art. 12.1)Resto de EspañaPor qué lo pedimos igual
Datos de la empresa: nombre, razón social y número de registroObligatorioSin contenido fijado por normaLa guía oficial de autocontrol pide guardar la empresa y su número de registro
Fecha del tratamientoObligatorioSin contenido fijadoSin fecha no acredita nada
Métodos utilizadosObligatorioSin contenido fijadoDistingue un tratamiento químico de uno físico
Productos: nombre comercial, formulación, dosis y acción residualObligatorioSin contenido fijadoTe permite cruzarlo con las fichas de seguridad
Firma del responsable técnicoSíObligatorio (RD 830/2010, art. 2.b)Es lo único exigido en toda España
Modelo oficialAnexo II del decretoNo existe—

En el resto de España, conviene que el certificado traiga lo mismo que el andaluz. La guía oficial de autocontrol de la Junta pide conservar en el plan de plagas la empresa y su número de registro, la diagnosis, las medidas correctoras, el "certificado de tratamiento", las fichas de los productos con su número de registro y el plano de cebos. Si el certificado no trae los productos, no puedes completar ese registro.

Cuando tratamos tu local, te dejamos el certificado con la fecha, las zonas tratadas, los productos con su número de registro y dosis, y la firma del responsable técnico.

¿Qué cambia en Andalucía?

El Decreto 8/1995, Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización Sanitarias, añade tres cosas:

  1. Diagnóstico previo con modelo oficial (art. 6.1 y anexo I): especies y densidad, posible origen, extensión si va más allá del local y "medidas correctoras recomendadas".
  2. Certificado con modelo oficial (art. 12.1 y anexo II), que puede editarse en talonarios numerados y diligenciados (art. 13).
  3. Comunicación al ayuntamiento: la empresa remite al ayuntamiento, "en el plazo máximo de tres meses", la diagnosis, la localización y fecha, los productos y la metodología (art. 12.2).

¿Cuánto dura el certificado?

Las normas leídas no le ponen caducidad. El certificado acredita un tratamiento hecho en una fecha. Lo que te exige el APPCC es tener los certificados de los tratamientos que marque tu plan, no un papel anual. La frase "el certificado vale un año" circula mucho por internet, pero no le hemos encontrado ninguna base legal.

¿Es lo mismo que el certificado de legionella?

No. El certificado de limpieza y desinfección de legionella sí tiene un modelo oficial estatal: el anexo X del RD 487/2022, con datos de la empresa, motivo, instalación, estado de conservación, tratamiento térmico o químico, mediciones y datos del responsable técnico. Es obligatorio tanto si limpia una empresa como si lo hace el personal propio (art. 5.7 y anexo IV). Lo explico en el plan de prevención de legionella.

¿Cuánto cuesta un certificado suelto?

Según cuatro fuentes leídas (una empresa y tres guías de precios), entre 100 y 300 € para un local, según tipo y tamaño. Es una fiabilidad media y los precios no siempre aclaran el IVA. Tienes la tabla completa en el precio del control de plagas para negocios.

El certificado es solo uno de los papeles. La lista completa está en qué documentos te tiene que dejar la empresa.

Preguntas frecuentes

¿Hay un modelo oficial de certificado DDD en toda España?

No. La norma estatal (RD 830/2010, art. 2.b) solo exige que lo firme el responsable técnico del servicio. El único modelo oficial que hemos encontrado es el andaluz, del anexo II del Decreto 8/1995.

¿Quién puede firmar el certificado de control de plagas?

El responsable técnico de la empresa de servicios biocidas, con el certificado de profesionalidad de nivel 3, un título universitario adecuado o el de técnico superior en salud ambiental (RD 830/2010, art. 5.2).

¿Tengo que renovar el certificado cada año?

Ninguna norma leída le pone caducidad. Necesitas los certificados de los tratamientos que marque tu plan de control de plagas, con la frecuencia que fije ese plan.

¿Qué hago si el certificado no dice qué productos se usaron?

Pídelo. En Andalucía es obligatorio (Decreto 8/1995, art. 12.1), y en todas partes lo necesitas para completar el registro de productos de tu APPCC y cruzarlo con las fichas de seguridad.

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