Normativa
Plan de control de plagas del APPCC: qué debe incluir
Respuesta directa
El plan de control de plagas del APPCC debe nombrar a un responsable, describir las medidas preventivas, fijar el procedimiento y la frecuencia de la vigilancia, recoger los tratamientos de una empresa autorizada y guardar sus registros: diagnóstico, certificados, fichas de los productos con su número de registro y plano de cebos. Así lo detalla la guía oficial de autocontrol de la Junta de Andalucía (apartado B.3).
El plan de control de plagas es la parte del APPCC que explica cómo evitas que entren insectos y roedores, cómo vigilas que no los haya y qué haces cuando aparecen. Según la guía oficial de autocontrol de la Junta de Andalucía (apartado "B.3 Plan de control de plagas: desinsectación y desratización"), debe tener un responsable, medidas preventivas, un sistema de vigilancia con su frecuencia, los tratamientos de una empresa autorizada, sus registros y una verificación de que funciona.
¿Por qué tengo que tenerlo por escrito?
El Reglamento (CE) 852/2004 obliga a aplicar "procedimientos adecuados de lucha contra las plagas" (anexo II, cap. IX, punto 4) y a "elaborar documentos y registros en función de la naturaleza y el tamaño de la empresa" (art. 5.2.g). El reglamento no dice "plan"; el término sale de las guías que desarrollan el APPCC, donde el control de plagas es uno de los planes generales de higiene que acompañan al análisis de peligros.
Para la restauración, el RD 1021/2022 (art. 20) permite aplicar el APPCC "de manera simplificada", pero con "una persona responsable de su aplicación". Simplificado no significa sin plan de plagas: significa adaptado a un local pequeño.
En Madrid capital, además, la Ordenanza de Salubridad, en su texto de 2014, exige un plan "documentado que será periódicamente revisado" y que "priorizará las medidas preventivas frente a los tratamientos químicos" (art. 34.1).
Estructura tipo del plan (plantilla)
Esta es la estructura que seguimos al redactar el plan de un local. Cada fila dice de dónde sale el apartado.
| Apartado | Qué escribir | Ejemplo para un restaurante | Fuente |
|---|---|---|---|
| 1. Objeto y alcance | Qué locales y zonas cubre (cocina, almacén, cámaras, sala, cubos, patio) | "Cocina, almacén seco, cámara, office y cuarto de basuras" | Guía de Andalucía, B.3 |
| 2. Responsable | Persona del local que vigila el plan y habla con la empresa | Nombre y cargo del encargado de cocina | Guía de Andalucía, B.3; RD 1021/2022, art. 20 |
| 3. Medidas preventivas | Barreras físicas, orden y limpieza del entorno, gestión de residuos | Mallas desmontables en ventanas, burletes en puertas, cubos con tapa | Reg. 852/2004, anexo II, cap. II 1.d y cap. VI 3 |
| 4. Vigilancia | Cómo se vigila y con qué frecuencia | Revisión de trampas y monitores en cada visita y revisión visual semanal del personal | Guía de Andalucía: "el procedimiento y la frecuencia de las acciones de vigilancia" |
| 5. Plano de cebos y trampas | Croquis con cada punto numerado | Plano de planta con los puntos numerados | Guía de Andalucía: "Plano de la colocación e identificación de los cebos" |
| 6. Tratamientos | Quién trata, con qué y cuándo | Empresa inscrita en el ROESB, diagnóstico previo, certificado de cada tratamiento | Guía de Andalucía; RD 830/2010, arts. 2.b y 5.3 |
| 7. Productos | Fichas técnicas y de seguridad con el número de registro | Fichas de cada producto usado | Guía de Andalucía, B.3 |
| 8. Medidas correctoras | Qué se hace si aparece una plaga | Aviso a la empresa, tratamiento y revisión posterior | Guía de Andalucía: "medidas correctoras recomendadas" |
| 9. Verificación | Comprobación de que el plan funciona, independiente de la empresa | Revisión trimestral del responsable con las incidencias anotadas | Guía de Andalucía, B.3 |
| 10. Registros | Dónde se guarda cada papel | Carpeta del APPCC con certificados, informes, plano y fichas | Reg. 852/2004, art. 5.2.g |
Los ejemplos son orientativos: la frecuencia de vigilancia la fijas tú según tu riesgo, porque ninguna norma la impone. Tienes los ejemplos de contratos públicos en cada cuánto hacer control de plagas.
¿Qué registros pide la guía oficial?
La guía andaluza enumera lo que hay que conservar de los tratamientos:
- la empresa y su número de registro;
- la diagnosis;
- las medidas correctoras recomendadas;
- los "tratamientos efectuados (certificado de tratamiento)";
- los productos, con sus fichas técnicas y número de registro;
- el "plano de la colocación e identificación de los cebos".
Casi todo esto te lo genera la empresa en cada visita. Lo cuento papel por papel en qué documentos te tiene que dejar la empresa.
Prevención antes que veneno
Las normas que regulan los tratamientos dan prioridad a lo no químico. El Decreto 8/1995 de Andalucía prioriza los métodos no químicos (art. 7.2 y 7.3), y la Ordenanza de Madrid pide que el plan priorice la prevención (art. 34.1) y que, donde haya alimentos sin envasar que comuniquen con el exterior, se usen aparatos antiinsectos no químicos (art. 34.3). Por eso el plan empieza por mallas, cierres y residuos, y los cebos van al final.
Cuando hacemos el plan de un local, revisamos primero los puntos de entrada y los residuos, colocamos trampas y monitores numerados en el plano y solo tratamos donde hay actividad. Lo explico en cebos raticidas y vigilancia permanente.
¿Quién verifica que funciona?
La guía andaluza separa dos cosas: lo que hace la empresa aplicadora y la verificación de la eficacia, que debe ser independiente de ella. En un restaurante puede hacerla el responsable del APPCC repasando los informes de visita, las capturas y las incidencias. Si en dos visitas seguidas hay actividad en el mismo punto, el plan no está funcionando y hay que cambiar algo: un sellado, la gestión de la basura o la frecuencia.
Plan de plagas y contrato anual
El plan es tuyo; el contrato es lo que te ayuda a cumplirlo. Contratar fuera no te quita la responsabilidad del APPCC, pero sí te deja los registros hechos. Si vas a contratar, mira la guía del contrato anual de control de plagas. Para obradores, industria o auditorías IFS y BRCGS, el plan es más exigente: lo tienes en la guía de industria alimentaria.
Preguntas frecuentes
¿El plan de control de plagas es obligatorio en un bar?
Sí, como parte del APPCC. El Reglamento 852/2004 obliga a luchar contra las plagas y a llevar documentos y registros acordes al tamaño del negocio, y el RD 1021/2022 obliga a la restauración a tener APPCC, aunque pueda ser simplificado. En Madrid capital, además, la ordenanza exige un plan documentado.
¿Me vale el plan que me da la empresa de plagas?
Te sirve como base: el diagnóstico, el plano, los certificados y las fichas suelen venir de ella. Pero el plan forma parte de tu APPCC y debe recoger también tus medidas preventivas, tu responsable y tu propia verificación.
¿Qué frecuencia de vigilancia pongo en el plan?
La que justifique tu riesgo. Ninguna norma la fija; la guía andaluza solo pide que la describas. Los pliegos públicos usan revisiones bimensuales, cuatrimestrales o trimestrales según el tipo de centro.
¿El plan de plagas incluye la desinfección?
En la guía andaluza, el apartado de plagas es de desinsectación y desratización ("D + D"), sin la desinfección. Si un tratamiento de desinfección forma parte del servicio, anótalo con su certificado igual que los demás.
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