Precios y contratación
ROESB: cómo comprobar que una empresa de control de plagas está autorizada
Respuesta directa
El ROESB es el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas: toda empresa que aplique biocidas a terceros debe inscribirse antes de empezar (Orden SCO/3269/2006, art. 3). Para comprobarla, pide su número de inscripción, que tiene la forma XXXX-ZZZ, y la resolución de inscripción, que la empresa debe tener a disposición de la inspección (art. 8.2), y comprueba que la razón social coincide con la de tu contrato.
El ROESB es el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas. Según la Orden SCO/3269/2006, toda empresa que haga "servicios de aplicación con biocidas" a terceros debe estar inscrita antes de empezar (art. 3). Para comprobar que la tuya lo está, pide el número de inscripción y la resolución que lo concede, y mira que la razón social coincide con la del contrato. La empresa debe tener esa resolución a disposición de la inspección (art. 8.2).
¿Quién tiene que estar inscrito?
La Orden obliga a inscribirse a quien fabrica, envasa, almacena o comercializa biocidas y a quien presta servicios de aplicación con ellos en tres modalidades (art. 3):
| Modalidad | Qué es | Ejemplo |
|---|---|---|
| Servicios a terceros | Una empresa que trata locales de otros | La empresa de plagas que contratas |
| Carácter corporativo | "Tratamientos que se realizan por personal propio perteneciente a entidades cuyos espacios, locales, instalaciones o transportes sean de uso público" (art. 2.c) | Una cadena que trata sus locales con su propio personal |
| Instalaciones fijas | Tratamientos "en instalaciones fijas de tratamiento" | — |
La obligación se limita a ciertos tipos de producto (anexo de la Orden): desinfectantes (TP2 y TP4), protectores de la madera (TP8), productos para torres de refrigeración (TP11), rodenticidas (TP14), insecticidas (TP18) y repelentes o atrayentes (TP19). Es decir, casi todo lo que se usa en control de plagas y en legionella. El RD 1054/2002 también exige la inscripción a quien almacene o comercialice biocidas de uso profesional (art. 27).
Para legionella, el RD 487/2022 lo repite: quien preste servicios biocidas a terceros debe estar inscrito en el ROESB (art. 16.3).
¿Cómo es el número de inscripción?
Según la Orden, el código tiene la forma XXXX-ZZZ (art. 7): un número y las siglas de la comunidad autónoma que inscribió a la empresa. La inscripción:
- tiene validez indefinida (art. 9.1);
- sirve en todas las comunidades autónomas (art. 10.1): una empresa inscrita en Madrid puede trabajar en Andalucía;
- debe estar acreditada con la resolución, que la empresa tiene que tener a disposición de la inspección (art. 8.2).
Cómo comprobarlo, paso a paso
- Pide el número por escrito, en el presupuesto o en el contrato. Si no aparece, pregunta antes de firmar.
- Pide copia de la resolución de inscripción. Comprueba que el nombre y el NIF coinciden con los de la factura. Si la factura sale de otra sociedad, pregunta por qué.
- Pregunta qué productos van a usar y pide sus fichas con el número de registro, que también necesitas para tu APPCC.
- Si tienes dudas, consulta a la consejería de sanidad de la comunidad que inscribió a la empresa, que es quien lleva su registro. El Ministerio de Sanidad tiene una página dedicada al ROESB.
- Guarda el número en tu APPCC. La guía oficial de autocontrol de la Junta de Andalucía pide registrar "la empresa y su número de registro" en el plan de plagas.
¿Basta con el ROESB?
No del todo. El ROESB acredita a la empresa; la formación es de las personas. El RD 830/2010 exige que la empresa designe un responsable técnico con nivel 3 o titulación equivalente (art. 5), y que quien aplique biocidas de uso por personal profesional especializado tenga el certificado de profesionalidad de nivel 2 (art. 4). Pide también esas acreditaciones. Te lo cuento en el carné de aplicador.
Además, la empresa inscrita lleva un Libro Oficial de Movimientos de los biocidas (Orden SCO/3269/2006, art. 5.3.d; RD 1054/2002, art. 28).
¿Y si mi restaurante quiere tratar con su personal?
Si el local es de uso público y lo trata su propio personal, la Orden lo llama servicio "de carácter corporativo" y también está sujeto a inscripción (arts. 2.c y 3). Además, según el criterio del Ministerio de Sanidad, en un bar no se pueden usar ni siquiera los biocidas de uso doméstico; es un criterio de una presentación oficial de 2019, no un artículo de una norma. Para raticidas e insecticidas profesionales, lo seguro es un servicio inscrito en el ROESB.
Otras señales para elegir bien
El ROESB es el mínimo legal, no una garantía de calidad. Mira también si hacen diagnóstico antes de tratar (obligatorio según el RD 830/2010, art. 5.3.a), si dejan plano de cebos e informe de cada visita y si el certificado lo firma el responsable técnico. La lista completa está en cómo elegir empresa de control de plagas y en qué documentos te tiene que dejar la empresa.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa ROESB?
Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas. En él se inscriben, antes de empezar a trabajar, las empresas que fabrican, almacenan, venden o aplican biocidas a terceros (Orden SCO/3269/2006, art. 3).
¿Una empresa inscrita en otra comunidad puede trabajar en la mía?
Sí. La inscripción en el ROESB es válida en todas las comunidades autónomas (Orden SCO/3269/2006, art. 10.1) y no caduca (art. 9.1).
¿Cómo sé si el número del ROESB es real?
Pide la resolución de inscripción, que la empresa debe tener a disposición de la inspección (art. 8.2), y comprueba que el nombre y el NIF coinciden con los de tu contrato. Si dudas, consulta a la consejería de sanidad de la comunidad que la inscribió.
¿Hay que renovar la inscripción en el ROESB?
No. Según la Orden SCO/3269/2006, la inscripción tiene validez indefinida (art. 9.1). Lo que sí debe renovar el personal es la formación continua: al menos 20 horas cada cinco años (RD 830/2010, art. 6.1).
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